Resumen: INDEMINIZACION DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
Resumen: En la demanda se reclaman los importes descontados en la nómina, descuentos derivados de la situación del estado de alarma. La sentencia del Juzgado de lo Social desestima la demanda por entender que, como la cuestión suscitada en la misma afectaba a una generalidad de trabajadores el proceso adecuado debió ser el de conflicto colectivo. La Sala, al analizar el recurso de suplicación del trabajador demandante, concluye que éste tenía acción para reclamar individualmente los descuentos operados en su nómina, con lo que anula la sentencia recurrida, al objeto de que el Juzgado se pronuncie sobre el fondo de la acción ejercitada.
Resumen: La actora no tiene derecho a una indemnización por fin de contrato, cuando la relación laboral con la administración está viva, produciéndose una mera novación contractual.Coincidiendo con la finalización de este contrato laboral, sin solución de continuidad, no hay perjuicio alguno con lo realmente producido, que no es otra circunstancia que la novación de la modalidad de prestación de iguales servicios que antes prestaba en virtud del contrato de interinidad, para un puesto de trabajo distinto, por la toma de posesión como fija por haber superado las pruebas selectivas convocadas al efecto. Por acuerdo de las partes que se ha producido mediante consentimiento expreso e inequívoco de la trabajadora, que no solo no ha mostrado oposición a su nuevo nombramiento, sino que lo ha aceptado expresamente, mediante la toma de posesión de este mismo empleo.